Articulo 7 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gal...de su sector público
Articulo 7 Ordenación de ...or público

Articulo 7 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público

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Artículo 7. Carácter de los informes o dictámenes

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1. Los informes o dictámenes tendrán carácter facultativo y no vinculante, excepto que alguna disposición legal o reglamentaria así lo establezca.

2. Las actuaciones administrativas que se aparten del criterio de los informes deberán ser motivadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016