Articulo 7 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines
Artículo 7. Condiciones generales.
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1. Los locales e instalaciones de las oficinas de farmacia reunirán las condiciones higiénico-sanitarias precisas para prestar una asistencia farmacéutica correcta.
2. Las condiciones de humedad y de temperatura serán adecuadas para la conservación de los medicamentos, materias primas, productos sanitarios y cualquier otro legalmente autorizado a dispensarse en la oficina de farmacia.
3. Los materiales de suelos, paredes y techos serán de tal naturaleza que permitan una limpieza y desinfección adecuada y mantenerse en buen estado de conservación.
4. Todas las oficinas de farmacia deben disponer de teléfono, correo electrónico y acceso a internet.
5. La publicidad de las oficinas de farmacia, así como el uso de internet, redes sociales y páginas web para ventas se atendrá a lo establecido en la normativa vigente.
