Articulo 7 Protección de los trabajadores contra la exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos
- Se modifica el título de la presente Directiva para incluir la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición durante el trabajo a agentes reprotóxicos, además de los carcinógenos o mutágenos. - Directiva (UE) 2022/431 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2022, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la proteccion de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicion a agentes carcinogenos o mutagenos durante el trabajo
Artículo 7. Exposición imprevisible
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1. En caso de imprevisto o de accidente que pudiera suponer una exposición anormal de los trabajadores, el empresario informará a los trabajadores.
2. Hasta que la situación normal se restablezca, y en tanto no se hayan eliminado las causas de la exposición anormal:
a) sólo se autorizará a trabajar en la zona afectada a los trabajadores indispensables para efectuar las reparaciones y otros trabajos necesarios;
b) se pondrá a disposición de los trabajadores afectados un traje de protección y un equipo de protección respiratoria individual que deberán llevar puestos; la exposición no podrá ser permanente y su duración, para cada trabajador, deberá limitarse a lo estrictamente necesario;
c) no se autorizará a los trabajadores no protegidos a trabajar en la zona afectada.
