Articulo 7 Sector Público
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Artículo 7.- Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.

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1.- Se crea la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.

2.- Presidirá la comisión el consejero o consejera del Gobierno Vasco competente en materia de administración pública y estará compuesta por personas expertas designadas por el Gobierno Vasco, las diputaciones forales y la Asociación de Municipios Vascos EUDEL, conforme se determine reglamentariamente.

3.- Serán sus funciones, que se expresarán en forma de informes y que tendrán como destinatarios a los gobiernos en los distintos niveles institucionales que existen en la Comunidad Autónoma de Euskadi, las siguientes:

a) El estudio y la formulación de propuestas en relación con el tratamiento de las posibles ineficiencias, solapamientos y duplicidades entre sectores públicos y, en particular, en relación tanto con el conjunto del sector público vasco como con el sector público estatal.

b) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas.

c) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la organización y funcionamiento de las administraciones públicas y de los sectores públicos en que se integran.