Articulo 7 Sector Público
Artículo 7.- Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
1.- Se crea la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
2.- Presidirá la comisión el consejero o consejera del Gobierno Vasco competente en materia de administración pública y estará compuesta por personas expertas designadas por el Gobierno Vasco, las diputaciones forales y la Asociación de Municipios Vascos EUDEL, conforme se determine reglamentariamente.
3.- Serán sus funciones, que se expresarán en forma de informes y que tendrán como destinatarios a los gobiernos en los distintos niveles institucionales que existen en la Comunidad Autónoma de Euskadi, las siguientes:
a) El estudio y la formulación de propuestas en relación con el tratamiento de las posibles ineficiencias, solapamientos y duplicidades entre sectores públicos y, en particular, en relación tanto con el conjunto del sector público vasco como con el sector público estatal.
b) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas.
c) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la organización y funcionamiento de las administraciones públicas y de los sectores públicos en que se integran.