Articulo 70 2018 PGE

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Artículo 70. Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios.

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Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el artículo 131 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 131. Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios.

A los efectos de determinar la base imponible, la Administración tributaria aplicará las normas a que se refiere el artículo 10.3 de esta Ley.

En el caso del derecho a la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria al que se refiere el artículo 130 de esta Ley, la Administración tributaria podrá comprobar cualquiera de las circunstancias determinantes de dicha conversión, en particular las pérdidas contables.»