Articulo 70 Reglamento Ma...as Locales

Articulo 70 Reglamento Marco de las Policías Locales

Ver Indice
»

Artículo 70. Resoluciones y comunicación al Registro de Policías Locales de La Rioja.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Corresponde al alcalde dictar las resoluciones de pase a la situación de segunda actividad y, en su caso, a las resoluciones de reingreso en el servicio activo. Las resoluciones deberán ser expresas y motivadas.

2. Una vez adoptada la resolución para el pase a la situación de segunda actividad, se comunicará a la unidad directiva competente en materia de interior, para que tal circunstancia sea anotada en el Registro de Policías Locales.