Artículo 70 Reglamento (...2026, DOUE

Artículo 70. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE

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Artículo 70. Atribución de competencias de ejecución en relación con el cambio de nombre o dirección.

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La Comisión adoptará actos de ejecución que especifiquen los detalles que deben figurar en una petición de cambio de nombre o dirección con arreglo al artículo 69, apartado 1. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 159, apartado 2.