Artículo 72. LEY 3/2026, de 14 de mayo, País Vasco, Transparencia de Euskadi
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»Artículo 72. - Medidas de aplicación en caso de incumplimiento.
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El incumplimiento de la declaración responsable o de las normas de conducta y actuación, la falsedad, la falta de colaboración o la no presentación de la documentación requerida para acreditar el cumplimento de los requisitos que dan derecho a la inscripción en el registro serán causa de suspensión o cancelación de dicha inscripción.
