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Articulo 73 Servicios Sociales de Canarias

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Artículo 73.- La planificación de los servicios sociales.

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1. El Gobierno de Canarias, a través de la consejería competente en materia de servicios sociales, será el responsable de impulsar una planificación ordenada y prospectiva de los objetivos, estrategias, políticas y directrices a seguir en el sistema público de servicios sociales y definirá los criterios de despliegue de dicho sistema y la distribución geográfica de los recursos necesarios para garantizar una implantación homogénea de los servicios en todo el territorio autonómico y hacer efectivo el derecho a los servicios sociales declarado en esta ley.

2. El Gobierno de Canarias ejercerá las funciones de diseño y planificación estratégica de la política de servicios sociales y del sistema canario de servicios sociales, al objeto de determinar prioridades y promover niveles de protección homogéneos.

3. Los cabildos insulares y los ayuntamientos podrán elaborar su propia planificación en ejercicio de sus competencias y en desarrollo de las directrices establecidas a nivel autonómico, pudiendo incorporar mejoras para su respectivo ámbito territorial de actuación.

4. Las entidades de iniciativa social y las de iniciativa privada que colaboren en el marco del sistema público de servicios sociales de Canarias deberán ajustar los servicios, además de lo establecido en la presente ley, a las directrices definidas en el plan estratégico de servicios sociales de la comunidad autónoma.

5. La planificación en el sistema público de servicios sociales se desarrollará a través de planes estratégicos de servicios sociales, planes sectoriales y, en su caso, planes especiales, cuyo procedimiento de elaboración deberá garantizar la participación de todas las administraciones implicadas en el sistema público de servicios sociales y de los órganos de participación previstos en la presente ley.

6. Tanto los planes estratégicos como los planes sectoriales irán acompañados de una memoria económica que garantice su aplicación y se actualizarán periódicamente de acuerdo con la evaluación sistemática de sus objetivos y las acciones previstas en los mismos.