Articulo 76 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento
Articulo 76 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.
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»Artículo 76. Forma y secuencia de pago.
Vigente
1. El pago de las becas se efectuará en la forma siguiente.
a) Notificada la resolución de concesión, se abonará a la persona beneficiaria un anticipo por el 25% del importe de la subvención concedida.
b) El pago del 75% restante de la subvención se efectuará en cuatro pagos a trimestres vencidos, previa justificación.
2. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona beneficiaria haya indicado en su solicitud.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013