Articulo 76 Intervención para la protección ambiental
- Norma vigente hasta el 22 de junio de 2021, salvo lo previsto en las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre. - LEY FORAL 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.
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»Artículo 76. Prescripción de las infracciones.
Vigente
1. Las infracciones previstas en esta Ley Foral prescribirán:
a) En el caso de infracciones muy graves, a los cinco años.
b) En el caso de infracciones graves, a los tres años.
c) En el caso de infracciones leves, al año.
2. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contar desde el día en que la infracción se hubiese cometido.

