Artículo 76 LEY 3/2026, ...de Euskadi

Artículo 76. LEY 3/2026, de 14 de mayo, País Vasco, Transparencia de Euskadi

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Artículo 76. - Régimen jurídico.

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1.– La Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena se regirá por lo dispuesto en la presente ley y en su estatuto, así como por las previsiones generales de actuación contempladas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

2.– El Gobierno Vasco aprobará mediante decreto el Estatuto de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena, por el que se desarrollará su estructura, organización y funcionamiento, así como cualesquiera otras disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo de la presente ley.

3.– El personal de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena y las personas miembros de sus órganos en ningún caso podrán solicitar o aceptar instrucciones de ninguna entidad pública o privada en el desempeño de sus funciones.