Articulo 76 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
- Norma derogada, sin perjuicio de que la sección 5.ª, relativa a la Cosecha en verde, que seguirá en vigor hasta el 15 de octubre de 2023. Esta modificación ha sido realizada por el Real Decreto 32/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola. - Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervencion Sectorial Vitivinicola en el marco del Plan Estrategico de la Politica Agricola Comun.
Artículo 76. Ámbito de aplicación.
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Copiloto jurídico
1. La ayuda a la cosecha en verde contemplada en el artículo 47 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, será de aplicación a los viñedos que se destinen a la producción de uva para vinificación.
2. Se entenderá como cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda. La cosecha en verde tendrá como finalidad evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola.
3. Las comunidades autónomas que quieran aplicar la medida de cosecha en verde deberán remitir antes del 15 enero de cada año una solicitud debidamente justificada a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
4. En el caso de que exista alguna solicitud mencionada en el párrafo anterior, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios realizará un análisis de mercado, mediante el cual podrá decidir conceder una ayuda a la cosecha en verde en una parte o en la totalidad del territorio nacional.
Antes del 30 de enero de ese año, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial del Estado , la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios fijará una asignación presupuestaria con la finalidad de retirar un volumen de vino que permita recobrar el equilibrio del mercado.
- Artículo modificado (76) por Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(BOE de 21-04-2021) en vigor desde 22-04-2021
