Artículo 76 ORDEN MAT/89... 2026-2027

Artículo 76. ORDEN MAT/897/2026, de 5 de junio, Aragón, Plan General de Caza para la temporada 2026-2027

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Artículo 76. Planes anuales de aprovechamiento cinegético.

Vigente

1. Elaboración y presentación:

a) Los titulares de los cotos o, en su caso, las sociedades gestoras cesionarias de cotos municipales elaborarán y presentarán anualmente los planes anuales de aprovechamiento cinegético.

b) Estos planes detallarán las circunstancias específicas de cada temporada de caza.

2. Gestión y aprobación:

a) El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) gestionará y aprobará, en su caso, los planes anuales de aprovechamiento cinegético de los cotos, así como sus modificaciones.

b) Se exceptúan de esta aprobación los planes anuales de aprovechamiento cinegético de cotos sujetos a comunicación previa.

c) Se exceptúan de esta gestión y aprobación: los planes de las reservas y cotos sociales de los cotos sociales de caza, que serán aprobados por el Director General competente en materia de caza.

3. Requisitos para la validez de los planes:

a) No se podrán cazar especies para las que no se disponga de un plan anual de aprovechamiento cinegético en vigor.

b) No serán válidos ni se aprobarán planes anuales de aprovechamientos cinegéticos:

1. º De cotos que no tengan aprobado el plan técnico de caza.

2. º De cotos cuyo plan técnico se haya declarado caducado por no haberse presentado las actualizaciones requeridas.

3. º De cotos que, en la fecha requerida, no hayan liquidado la tasa por servicios de gestión del coto, de devengo anual (tasa 26).

4. Documentación específica para municipios con sobrepoblación de conejo:

En los municipios relacionados en el anexo II, los titulares de los cotos de caza o, en su caso, las sociedades gestoras cesionarias de cotos municipales o sus representantes acreditados presentarán adicionalmente:

a) Descripción detallada de:

1. º Acciones desarrolladas durante la última temporada para combatir la sobrepoblación de conejo y reducir los daños agrícolas ocasionados.

2. º Acciones por desarrollar durante la próxima temporada con el mismo fin.

b) Relación exhaustiva de:

1. º Solicitudes efectuadas por los propietarios o arrendatarios de terrenos agrícolas para cazar por ellos mismos o por terceros en dichos terrenos.

2. º Autorizaciones y denegaciones relacionadas con el trámite 11200 "Comunicación del titular del coto de la denegación de la solicitud para el control poblacional de conejos practicado por terceros".

c) Información sobre daños agrícolas:

1. º Solicitudes de daños agrícolas recibidas.

2. º Indemnizaciones que, en su caso, se hayan aplicado.

d) Evaluación de:

1. º La evolución de la intensidad cinegética durante los últimos tres años.

2. º La evolución de los daños agrícolas durante los últimos tres años.

5. Actualización del plan técnico:

En lo referente a especies cinegéticas, cupos, periodos hábiles y modalidades de caza, los planes técnicos de caza se actualizarán automáticamente con la información de los planes de aprovechamientos cinegéticos de cada coto

6. Presentación de documentos ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Las solicitudes de autorización estarán disponibles en la Sede electrónica del Gobierno caza de Aragón, disponible en el enlace https://aplicaciones.aragon.es/ inasei.