Artículo 76. Real Decreto 326/2026, de 22 de abril
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»Artículo 76. Acceso a la ayuda.
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Las subvenciones correspondientes a esta ayuda se concederán mediante convocatorias publicadas realizadas al efecto por las comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla. También podrán concederse de forma directa conforme a lo establecido en cualquiera de los supuestos del artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando concurran las razones previstas en dicho artículo que deberán ser justificadas, en cada caso, por la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla de que se trate y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias.
