Articulo 77 Modificacione...ercantiles

Articulo 77 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles

Ver Indice
»

Artículo 77. Informe de los administradores sobre el proyecto de escisión.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el informe sobre el proyecto de escisión que habrán de redactar los administradores de las sociedades participantes en la escisión se deberá expresar que han sido emitidos los informes sobre las aportaciones no dinerarias previstos en esta Ley para el caso de que las sociedades beneficiarias de la escisión sean anónimas o comanditarias por acciones, así como el Registro Mercantil en que esos informes estén depositados o vayan a depositarse.