Articulo 77 TR disposiciones legales en materia de igualdad
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Articulo 77 TR disposiciones legales en materia de igualdad

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Artículo 77. El principio de igualdad en las sociedades cooperativas gallegas

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La Alianza Cooperativa Internacional establece que las cooperativas están basadas en los valores de la autoayuda, autorresponsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad; por tanto, en consonancia con estos principios y con la consideración entre ellos de la igualdad y de la no discriminación como valor fundamental, los socios y socias de las sociedades cooperativas gallegas tienen las mismas obligaciones y derechos, producto de la aplicación, tanto por los poderes públicos como entre los sujetos privados, de la normativa sobre cooperativas de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-02-2016 en vigor desde 18-02-2016