Artículo 78. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE
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»Artículo 78. Delegación de poderes en relación con los procedimientos de recurso.
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La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados, con arreglo al artículo 160, para completar el presente Reglamento, por los que se especifiquen:
a) el contenido formal del escrito de recurso a que se refiere el artículo 68 del Reglamento (UE) 2017/1001 y el procedimiento para la presentación y el examen de un recurso;
b) el contenido formal y el formato de las resoluciones de la sala de recurso a que se refiere el artículo 71 del Reglamento (UE) 2017/1001;
c) el reembolso de la tasa de recurso a que se refiere el artículo 68 del Reglamento (UE) 2017/1001.
