Artículo 79. Decreto n.º 13/2026, de 5 de marzo, Murcia
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»Artículo 79. Currículo de las pruebas de acceso.
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1. La prueba de acceso a Grado Medio tendrá como currículo de referencia y modo de calificación los establecidos para el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio regulado en el artículo 109 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio
2. La prueba de acceso a Grado Superior tendrá como currículo de referencia y modo de calificación los establecidos para el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior regulado en el artículo 113 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, y serán específicas y adaptadas al perfil profesional del Ciclo Formativo al que se quiera acceder.
