Artículo 79 Normas financ...refundida-

Artículo 79 Normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión -versión refundida-

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Artículo 79. Competencias que puede delegar el contable

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En el ejercicio de sus funciones, el contable podrá delegar determinadas competencias en el personal que dependa jerárquicamente de él y en los administradores de anticipos nombrados de conformidad con el artículo 89, apartado 1.

El acto de delegación establecerá dichas competencias.