Articulo 8 Bonos verdes europeos
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Artículo 8. Aplicación de los criterios técnicos de selección y cláusula de anterioridad

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1. Cuando los emisores asignen los ingresos de los bonos verdes europeos a los usos establecidos en el artículo 4, apartados 1 y 3, garantizarán que:

a) dichos ingresos se asignen de conformidad con los criterios técnicos de selección aplicables en el momento de la emisión del bono;

b) si los criterios técnicos de selección se modifican tras la emisión del bono, los siguientes ingresos se asignen de conformidad con los criterios técnicos de selección modificados, a más tardar siete años después de la fecha de aplicación de los criterios modificados:

i) los ingresos que aún no se hayan asignado, y

ii) los ingresos que formen parte de un plan CapEx de conformidad con el artículo 7 que aún no hayan cumplido los requisitos de la taxonomía.

2. Cuando los emisores asignen los ingresos de conformidad con el enfoque de cartera, los emisores incluirán en su cartera únicamente los activos cuya actividad económica subyacente esté en consonancia con cualquier criterio técnico de selección aplicable en cualquier momento durante los siete años anteriores a la fecha de publicación del informe de asignación.

3. Cuando los ingresos de un bono en circulación corran el riesgo de no ajustarse a lo dispuesto en el apartado 1, letra b), inciso ii), el emisor elaborará, someterá a verificación externa por parte de un verificador externo y publicará un plan para ajustarlos, en la medida de lo posible, a los criterios técnicos de selección modificados y para mitigar en la medida de lo posible las consecuencias negativas de la falta de plena armonización con los criterios técnicos de selección modificados. El emisor publicará dicho plan antes de que expire el período establecido en el apartado 1, letra b).

4. La armonización con los criterios técnicos de selección pertinentes se demostrará en el informe de asignación a que se refiere el artículo 11.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 20-12-2023