Articulo 8 Conservación d... Cantabria

Articulo 8 Conservación de la Naturaleza de Cantabria

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Artículo 8. Categorías jurídicas de protección.

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En función de los bienes y valores a proteger y de los objetivos de su declaración, los Espacios Naturales Protegidos se clasifican en alguna de las siguientes categorías jurídicas de protección:

  1. Parques Nacionales.

  2. Parques Naturales.

  3. Reservas Naturales.

  4. Monumentos Naturales.

  5. Paisajes Protegidos.

  6. Zonas de la Red Ecológica Europea Natura 2000.

  7. Áreas Naturales de Especial Interés.