Articulo 8 crea y regula ...s Públicas

Articulo 8 crea y regula sedes electrónicas en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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Artículo 8. Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios.

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La Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios se crea con las siguientes características.

a) El ámbito de aplicación de la sede será la totalidad de los servicios de los que es titular el Centro que da nombre a la misma.

b) Se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.

c) La dirección electrónica de referencia de la sede será https:/sedefondoscomunitarios.gob.es

d) La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Dirección General de Fondos Comunitarios.

e) La gestión tecnológica de la sede corresponderá a los servicios de Informática presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado.

f) Será responsable de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede, el titular de la Dirección General de Fondos Comunitarios.

g) Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:

1.º Para el acceso electrónico, Internet, con las características definidas en el presente artículo.

2.º Para la atención presencial, las oficinas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tanto de carácter central como territorial, conforme a las normas reguladoras de la organización ministerial, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Para la atención telefónica, los servicios de información en el teléfono 915 837 400.