Artículo 8 se desarrolla ...e Gipuzkoa

Artículo 8 se desarrolla la competencia de tutela financiera en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las entidades locales de Gipuzkoa

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Artículo 8. Instrumentación del principio de transparencia.

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La Diputación Foral de Gipuzkoa, en el ejercicio de la competencia de tutela financiera sobre entidades locales, velará por el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Así, a efectos de la instrumentación del principio de transparencia, al amparo de la disposición adicional única de la Orden HAP/2105/2012, la Diputación Foral de Gipuzkoa suministrará la información de las entidades locales de Gipuzkoa acordada en la Comisión Mixta del Concierto Económico. Asimismo la Diputación Foral elaborará anualmente un informe sobre el cumplimiento de los mencionados principios que será elevado a las Juntas Generales.