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Articulo 8 Estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

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Artículo 8. Funciones y estructura

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1. La Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo ejercerá las siguientes funciones:

a) El estudio y tramitación de los anteproyectos y proyectos de disposiciones de carácter general que elaboren los distintos centros directivos de la consellería.

b) El estudio, tramitación y propuesta de resolución de reclamaciones, recursos y requerimientos formulados contra los actos y resoluciones dictados por los distintos órganos de la consellería, cuando no estén atribuidos a otros órganos de esta, así como la tramitación de reclamaciones y recursos en materia de personal.

c) La coordinación de los requerimientos y peticiones formuladas a la consellería por la persona titular de las instituciones del Defensor del Pueblo, Valedor del Pueblo y otros órganos e instituciones, así como la coordinación con los distintos centros directivos de la consellería, en relación con la tramitación de los requerimientos y peticiones formuladas por los juzgados y tribunales.

d) El estudio e informe de los asuntos que tengan que elevarse al Consello de la Xunta de Galicia y a la Comisión de Secretarios Generales.

e) La coordinación y tramitación de los planes, programas y estrategias que se promuevan y elaboren desde la consellería.

f) La interlocución con los restantes órganos de la Administración pública o con las entidades correspondientes por razón de la materia, en el marco de la elaboración de los planes, programas y estrategias de la consellería.

g) La coordinación, para su remisión y ulterior publicación en el Diario Oficial de Galicia, de las disposiciones y actos administrativos dictados por los órganos de la consellería.

h) La coordinación, mediante la elaboración de instrucciones, protocolos de actuación u cualquier otro instrumento que se considere adecuado, con las unidades de la consellería que desempeñen funciones jurídico-administrativas.

i) La tramitación de los convenios y protocolos de colaboración en que sea parte la consellería y no sean competencia de otros órganos de esta.

j) La coordinación de las actuaciones de la consellería en relación con las fundaciones de interés gallego sobre las cuales esta ejerza el protectorado, para cuyo efecto llevará los libros de registro.

k) La elaboración de propuestas de resolución de aquellos procedimientos cuya resolución sea competencia de la persona titular de la Secretaría General Técnica, siempre que no sea competencia de otros órganos de la consellería.

l) La gestión del plan de publicaciones y ediciones audiovisuales de la consellería y las funciones relativas a su representación en la Comisión de Publicaciones de la Xunta de Galicia.

m) La elaboración y tramitación de las propuestas competencia de la consellería para la designación de miembros de órganos colegiados y entidades del sector público autonómico de Galicia.

n) La coordinación de las unidades responsables de transparencia y el cumplimiento de las obligaciones de información institucional, organizativa y de planificación en materia de transparencia de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

ñ) La elaboración de informes relacionados con las funciones anteriormente relacionadas, así como aquellos otros asuntos que, por razón de su competencia, le sean encomendados por la persona titular de la Secretaría General Técnica, sin perjuicio de las competencias de asesoramiento en derecho encomendadas a la Asesoría Jurídica de la consellería por la Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público.

o) En general, prestarle asistencia y gestionar cuantos asuntos le sean encomendados, por razón de su competencia, por la persona titular de la Secretaría General Técnica.

2. Para el desarrollo de las funciones antes relacionadas, la subdirección general contará, con nivel orgánico de servicio, con las siguientes unidades:

2.1. Servicio Técnico-Jurídico.

Le corresponden las siguientes funciones:

a) El estudio y tramitación de las reclamaciones, recursos y requerimientos formulados contra los actos y resoluciones dictados por los distintos órganos de la consellería, cuando no estén atribuidos a otros órganos de esta.

b) La tramitación de los requerimientos y peticiones formuladas a la consellería por el/la Defensor/a del Pueblo, Valedor/a del Pueblo y otros órganos e instituciones, así como la coordinación con la Asesoría Jurídica en relación con la tramitación de los requerimientos y peticiones formulados por los juzgados y tribunales.

c) Y, en general, prestarle asistencia y gestionar cuantos asuntos le sean encomendados por razón de su competencia por la persona titular de la Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo.

2.2. Servicio de Gestión Administrativa.

Le corresponden las siguientes funciones:

a) La tramitación de los convenios y protocolos de colaboración en que sea parte la consellería y no sean competencia de otros órganos de esta.

b) La coordinación de las actuaciones de la consellería en relación con las fundaciones de interés gallego sobre las cuales esta ejerza el protectorado, para cuyo efecto llevará los libros de registro.

c) La coordinación de las unidades responsables de transparencia y el cumplimiento de las obligaciones de información institucional, organizativa y de planificación en materia de transparencia de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

d) La gestión del plan de publicaciones y ediciones audiovisuales de la consellería y las funciones relativas a su representación en la Comisión de Publicaciones de la Xunta de Galicia.

e) Y, en general, prestarle asistencia y gestionar cuantos asuntos le sean encomendados, por razón de su competencia, por la persona titular de la Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo.

2.3. Servicio de Desarrollo Normativo.

a) El estudio y tramitación de los anteproyectos y proyectos de disposiciones de carácter general que elaboren los distintos centros directivos de la consellería.

b) El estudio y la revisión de la normativa en tramitación de otros órganos.

c) La tramitación administrativa de los planes, programas y estrategias que promuevan o elabore la consellería.

d) El estudio e informe de los asuntos que tengan que elevarse al Consello de la Xunta de Galicia y a la Comisión de Secretarios Generales.

e) La coordinación y tramitación administrativa, para su remisión y ulterior publicación en el Diario Oficial de Galicia de las disposiciones y actos administrativos dictados por los órganos de la consellería.

f) Y, en general, prestarle asistencia y gestionar cuantos asuntos le sean encomendados por razón de su competencia por la persona titular de la Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo.