Articulo 8 Funcionamiento de la Comisión de Medio Ambiente y procedimiento de evaluación ambiental
Artículo 8. Competencias y funciones de la Presidencia de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares
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1. Son competencia del presidente o presidenta de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares:
a) Todas las que la legislación vigente asigne a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sin precisar el órgano y que no estén expresamente atribuidas al Pleno de la CMAIB, sin perjuicio que la Presidencia delegue su resolución en el Pleno.
b) En materia de Autorizaciones Ambientales Integradas (IPPC):
i. El otorgamiento de las autorizaciones ambientales integradas en el ámbito de las Illes Balears, así como de sus revisiones y modificaciones sustanciales con la propuesta previa del Comité Técnico.
ii. La resolución de las modificaciones no sustanciales.
iii. Los acuerdos de establecimiento de condiciones para el cierre de una instalación, que no estén ya previstas dentro de la autorización ambiental integrada.
iv. La imposición de sanciones leves que pongan fin al procedimiento sancionador.
c) La dirección de los trabajos de la CMAIB y todas aquellas funciones que sean inherentes a su condición de presidente o presidenta de un órgano colegiado respecto a la presidencia, dirección y organización del Pleno de la Comisión y del Comité técnico.
d) Ejercer las competencias delegadas por el Pleno de la CMAIB.
e) Ejercer las competencias que corresponden al Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, cuando haya sido declarada la urgencia del procedimiento.
2. La presidencia, antes de resolver cualquier procedimiento de su competencia, podrá solicitar dictamen previo del Comité técnico.
3. La presidencia tiene que dar cuenta al Pleno y al Comité Técnico, de las resoluciones que dicte y que pongan fin a un procedimiento administrativo.
- Artículo modificado (8 (apdo. 1 letra b))) por Ley 9/2022, de 23 de noviembre, de régimen jurídico y de procedimiento de las actividades sujetas a autorización ambiental integrada
(PM de 29-11-2022) en vigor desde 19-12-2022
