Articulo 8 Infancia y Adolescencia

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Artículo 8. Intergeneracionalidad.

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Las administraciones públicas de Andalucía impulsarán en sus políticas, programas y acciones intergeneracionales que aporten experiencias a mayores y menores, propiciando la interculturalidad, la diversidad, el aprendizaje conjunto y el enriquecimiento mutuo.