Articulo 8 laborales Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de nov, que declara Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil el territorio damnificado como consecuencia de la DANA que ha afectado a amplias zonas entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre
Ver Indice
»Octavo. Medidas laborales y de Seguridad Social.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
De conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la disposición final segunda de la Ley 17/2015, de 9 de julio, las medidas laborales y de Seguridad Social a las que se refiere su artículo 24.2b) se podrán desarrollar, respectivamente, mediante órdenes de las Ministras de Trabajo y Economía Social, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ajustándose a lo establecido en el artículo 47.5 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en la disposición adicional cuadragésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
