Artículo 8. Ley 2/2026, de 28 de abril, La Rioja, simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
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»Artículo 8. Consejería competente en materia de tecnologías de la información y la comunicación.
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Corresponde a la consejería competente en materia de tecnologías de la información y la comunicación la asistencia y colaboración con la consejería competente en materia de organización de los servicios públicos en la planificación, diseño e impulso de los sistemas de información de administración electrónica necesarios para el proceso de simplificación.
