Articulo 8 Ley3/2009,de28...a(PROTEJA)

Articulo 8 Ley3/2009,de28demayo,porlaqueseapruebaelProgramadeTransicionalEmpleodelaJuntadeAndalucia(PROTEJA).

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Artículo 8. Colaboración de la Junta de Andalucía.

Vigente

Sin perjuicio de la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, los Ayuntamientos destinatarios de los fondos podrán solicitar, a través de la Consejería de Gobernación, la colaboración de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales para la planificación, gestión y desarrollo de proyectos financiables con cargo al presente Programa.