Articulo 8 Modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros d...os de larga duración
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Articulo 8 Modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración

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Artículo 8. Actividades significativas de las personas usuarias.

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1. En los centros se garantizará que sea la propia persona usuaria quien decida cómo desarrollar sus actividades en el plano de lo cotidiano, de lo eventual o de lo extraordinario, en consonancia a su identidad personal.

A los efectos de esta ley se entenderá que existe actividad significativa cuando la persona pueda participar en aquello que siente como propio, que identifica como relacionado con la propia biografía, así como con sus objetivos, propósitos, creencias y costumbres.

2. Los profesionales que prestan los apoyos se adecuarán al rol social que le corresponde a la persona en el desarrollo de su ciclo vital. La actividad significativa implica la toma de decisiones en relación con todo lo que conforma el día a día, debiendo buscar fuentes de satisfacción en coherencia con unos valores determinados y una manera concreta de entender el bienestar.

Los profesionales de los centros deben mantener un diálogo atento, respetuoso y constante con la persona y su entorno afectivo, con el objetivo de identificar las actividades u ocupaciones particulares que les confiere ese sentido de plenitud en la entrega a aquello que le satisface, interesa o importa a la persona.

3. Se realizarán, así mismo, propuestas de actividades para desarrollar de forma individual o grupal, siempre en consonancia con los gustos e intereses de cada persona. Desde ese conocimiento de cada persona, las actividades, tanto individuales como grupales, deben permitir a las personas mantener en todo caso un sentido de identidad.

4. La oferta que en este sentido efectúe el centro deberá buscar el máximo grado de adaptación posible a las peculiaridades de cada persona atendida. Esto conlleva la necesaria flexibilidad en diversos planos y aspectos organizativos tanto en la actividad y funcionamiento general del centro como en las funciones y tareas de los distintos profesionales, en correspondencia con su cualificación y cometidos.