Articulo 8 Se modifica la Ley 55/2007 del Cine
Ver Indice
»Artículo 8. Modificación del presupuesto de ingresos y concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Vigente
1. El suplemento de crédito que se concede en el artículo anterior ocasionará un incremento en el Presupuesto de Ingresos del Organismo Autónomo 18.103 «Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales», en la aplicación presupuestaria 18.103.400.01 «Del Departamento al que está adscrito. Fondo de Protección a la Cinematografía», por un importe de 16.000.000 euros.
2. Se autoriza un suplemento de crédito en el presupuesto de gastos del organismo autónomo 18.103 «Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales», programa 335C «Cinematografía», concepto 470 «Fondo de Protección a la Cinematografía», por importe de 16.000.000 euros.

