Articulo 8 Ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca
Ver Indice
»Artículo 8. Primer despacho para ejercer la pesca.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Será requisito indispensable para autorizar el primer despacho para la mar del nuevo buque que se encuentre de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
