Artículo 8 Políticas de Juventud de Cantabria
Artículo 8. Objetivos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las políticas de juventud deberán garantizar el pleno desarrollo de los derechos de las personas jóvenes recogidos en la normativa vigente, estando vinculadas a:
a) Garantizar la formación y capacitación profesional de la población joven.
b) Habilitar procesos formativos que permitan su conciliación con la actividad laboral.
c) Potenciar los mecanismos de inserción juvenil en el mundo laboral promoviendo la innovación, el emprendimiento y el autoempleo.
d) Promover mecanismos que favorezcan la autonomía y el acceso a la vivienda de la población juvenil en régimen de alquiler o propiedad.
e) Desarrollar acciones destinadas a la población de las zonas rurales y en riesgo de despoblamiento que favorezcan la vinculación de la población joven con el territorio.
f) Facilitar la participación de las personas jóvenes en la vida social a través de los cauces democráticos asociativos y de participación política establecidos en el ordenamiento jurídico.
g) Impulsar medidas inclusivas destinadas a una real integración de las personas jóvenes con discapacidad, especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión.
h) Integrar el valor de la igualdad real entre personas promoviendo acciones de sensibilización y erradicación de cualquier tipo de violencia, intimidación, acoso o discriminación ejercida frente a cualquier persona o colectivo por razón de sexo, edad, ideología, etnia, creencia, identidad sexual o de género, orientación sexual, procedencia, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
i) Garantizar el acceso de la población joven a la cultura en todas sus manifestaciones como forma de crecimiento personal y colectivo.
j) Facilitar las expresiones artísticas juveniles como muestra de creatividad y potencial innovador que enriquece al conjunto de la sociedad.
k) Impulsar programas de salud que tengan como protagonista la población joven abarcando los aspectos físico, mental y social.
l) Promover la salud y los estilos de vida saludables en los aspectos físico, psicológico y social impulsando programas de actuación destinados a la prevención y abordaje de procesos adictivos con y sin sustancia.
m) Facilitar la práctica deportiva transmisora de valores como eficaz activo para el bienestar
físico, psicológico y social, con independencia del lugar de residencia.
n) Fomentar la libre elección del ocio a través de propuestas de calidad vinculadas a la educación en tiempo libre.
ñ) Participar en programas destinados a promover la movilidad de las personas jóvenes como factor de crecimiento personal enriquecedor para la comunidad, con especial interés en los procesos de intercambio de experiencias con otros países.
o) Promover el conocimiento de la Unión Europea como espacio compartido de oportunidades para la población joven.
p) Integrar las políticas juveniles de la comunidad dentro de las estrategias juveniles estatales y de la Unión Europea como instrumentos de cohesión económica, social, cultural y política.
q) Implicar a la población joven en la consecución de un desarrollo humano sostenible que asegure un modelo de prosperidad humana, medioambiental y económica que no deje a nadie atrás en los procesos de cambio.
r) Impulsar la formación permanente del personal técnico de las administraciones que tenga entre sus cometidos la atención directa a la población joven, iniciativa que se ha de extender al tejido asociativo juvenil y a las entidades de prestación de servicios a la juventud.
s) Otros aspectos que pudiera determinar el Plan Integral de Juventud de Cantabria.
