Artículo 8 quater. Registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
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El registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables estará integrado por las personas o entidades a las que se refieren los apartados 3 y 7 del artículo 82 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y su normativa de desarrollo.
Modificaciones
- Artículo modificado (8 quater (se añade)) por Decreto Foral 39/2023, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre.
(SS de 02-08-2023) en vigor desde 03-08-2023
