Articulo 8 Servicio de la notificación electrónica en el ámbito de la Hacienda Tributaria
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Articulo 8 Servicio de la notificación electrónica en el ámbito de la Hacienda Tributaria

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Artículo 8. Sistema de avisos.

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El servicio de notificación electrónica habilitará un sistema de avisos de puesta de la notificación a disposición de los interesados.

Para utilizarlo, será necesario indicar una dirección de correo electrónico desde el trámite correspondiente de la propia página web de www.hacienda.navarra.es o desde la propia dirección electrónica habilitada única, a la que se enviará un aviso cuando se deposite la notificación.

La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.