Artículo 8 ter. Registro territorial del impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero.
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El registro territorial del impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero estará integrado por las personas y entidades a que se refiere el artículo 4 del Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, aprobado por el Real Decreto 712/2022, de 30 de agosto.
Modificaciones
- Artículo modificado (8 ter (se añade)) por Decreto Foral 39/2023, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre.
(SS de 02-08-2023) en vigor desde 03-08-2023
