Articulo 8 Uso de desfibr... sanitario

Articulo 8 Uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario

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Artículo 8. Formación de primeros intervinientes.

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1. El objetivo de los programas de formación para primeros intervinientes es que éstos obtengan los conocimientos y habilidades necesarias para identificar la situación de parada cardíaca, alertar al Servicio de Emergencias 1-1-2, iniciar las maniobras básicas de resucitación y utilizar un desfibrilador externo automatizado mientras llegan los equipos de emergencias extrahospitalarias.

2. Los contenidos mínimos, la duración del programa de formación inicial y de formación continuada y los requisitos mínimos del personal docente están descritos en el Anexo III de este decreto.

3. El equipo docente estará integrado por personas con la titulación que se recoge en los puntos a) y b) del apartado 1 del artículo 5 de este decreto.

Dentro del mismo, existirá un coordinador que se ocupará de las labores generales de organización y desarrollo del curso, que deberá tener la condición de Licenciado en Medicina y Cirugía o Graduado en Medicina o Diplomado o Graduado en Enfermería, y reunir, al menos, una de las siguientes condiciones:

1º Experiencia mínima de 18 meses en urgencias hospitalarias, transporte asistido, reanimación o cuidados críticos.

2º Formación mínima de 500 horas teórico-prácticas en urgencias y emergencias sanitarias, con al menos el 25% de prácticas presenciales.

3º Poseer la especialidad de Medicina Intensiva, de Anestesiología y Reanimación o de Cardiología.

4. Podrán organizar e impartir estos cursos, siempre que cumplan los requisitos exigidos por este decreto, las entidades públicas o privadas acreditadas por la Consejería competente en materia de sanidad, las unidades competentes en materia de formación y los centros de prevención de riesgos laborales dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Guets, las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y otras entidades o instituciones que formen parte del CERCP.