Legislación
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Decreto 4/2018, de 22 de enero, por el que se regula el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario. [2018/1227] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 02-02-2018

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Marzo de 2018

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 24

F. Publicación: 02/02/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Requisitos para la instalación y uso de desfibriladores externos automatizados. Artículo 4. Comunicaciones en relación a la instalación de desfibriladores. Artículo 5. Personas autorizadas para el uso de desfibriladores fuera del ámbito sanitario. Artículo 6. Mantenimiento de la autorización para el uso de desfibriladores fuera del ámbito sanitario. Artículo 7. Uso de los desfibriladores. Artículo 8. Formación de primeros intervinientes. Artículo 9. Acreditación de las entidades de formación. Artículo 10. Organización de los cursos. Artículo 11. Acreditación de entidades con sede en otras Comunidades Autónomas. Artículo 12. Registro de formación para el uso de Desfibriladores Externos Automatizados. Artículo 13. Registro de entidades no sanitarias con Desfibriladores Externos Automatizados. Artículo 14. Inspección y control. Artículo 15. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Autorizaciones y acreditaciones vigentes. D.T. 2ª. Adecuación a los requisitos exigidos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Tratamientos de datos de carácter personal. D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Señal universal de localización del desfibrilador externo automatizado ANEXO II. Dotación mínima de material de los centros no sanitarios con DEAs ANEXO III. Formación para el uso de desfibriladores externos automatizados (DEA) fuera del ámbito sanitario