Artículo 82. LEY 3/2026, de 14 de mayo, País Vasco, Transparencia de Euskadi
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»Artículo 82. - Circulares y recomendaciones.
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1.– La persona titular de la presidencia de la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena podrá elaborar circulares y recomendaciones que establezcan los criterios y prácticas adecuados para su correcto funcionamiento.
2.– Las circulares serán aprobadas de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, y serán obligatorias una vez que estén publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco.
