Articulo 83 Reglamento de...rbanístico

Articulo 83 Reglamento de Planeamiento Urbanístico

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Artículo 83. Determinaciones específicas de los Planes Especiales (PE) de vinculación de áreas o parcelas o sola-res a la construcción o rehabilitación de viviendas u otros usos sociales sometidos a algún régimen de protección pública.

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Los Planes Especiales (PE) que tengan por objeto la vinculación de terrenos a regímenes de protección pública deberán establecer las siguientes determinaciones.

1. Identificación de las áreas y las par-celas o solares que queden vinculadas al correspondiente régimen de protección pública.

2. Régimen de protección a que que-den sujetos los terrenos de acuerdo con la normativa sectorial que sea de aplicación.

3. Medidas para la conservación, esté-tica y funcionalidad en caso de rehabilitaciones.

4. Regulación de la composición y los detalles constructivos y jardines, también en caso de rehabilitación.