Articulo 84 TR de la ley ...as locales

Articulo 84 TR. de la ley reguladora de las haciendas locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 84. Cuota tributaria.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La cuota tributaria será la resultante de aplicar las tarifas del impuesto, de acuerdo con los preceptos contenidos en esta ley y en las disposiciones que la complementen y desarrollen, y los coeficientes y las bonificaciones previstos por la ley y, en su caso, acordados por cada ayuntamiento y regulados en las ordenanzas fiscales respectivas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2004 en vigor desde 10-03-2004