Articulo 87 Reglamento de...el deporte

Articulo 87 Reglamento de prevencion de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

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Artículo 87. Creación.

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1. Se crea el distintivo «Juego Limpio» en el marco del artículo 16.1 c) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, que se regirá por este capítulo y por sus disposiciones de desarrollo.

2. El distintivo «Juego Limpio» es una mención honorífica concedida por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes a propuesta de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, para reconocer la actitud de equipos deportivos, deportistas, técnicos, patrocinadores, medios de comunicación y de aficiones que se han destacado durante cada temporada deportiva por su conducta contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia y a favor de la paz, la tolerancia y la convivencia en el deporte.

3. La imagen gráfica del distintivo se establecerá mediante resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes.