Articulo 88 Sistema común del IVA
- La Decisión (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020, publicada en el DOUE de 29 de julio de 2020, modifica las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 de forma que los cambios aplicables a partir del 1 de enero de 2021 pasan a tener efectos a partir del 1 de julio de 2021. - Decision (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020 por la que se modifican las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 en lo que respecta a las fechas de transposicion y de aplicacion en respuesta a la pandemia de COVID-19
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»Artículo 88
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En los bienes que sean exportados temporalmente fuera de la Comunidad y reimportados con posterioridad, después de haber sido objeto fuera de la Comunidad de reparación, transformación, adaptación o ejecución de obra, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para asegurar que el tratamiento fiscal por el IVA correspondiente al bien obtenido sea el mismo que el que se habría aplicado al bien de que se trate si tales operaciones hubieran tenido lugar en su territorio.
