Articulo 89 Conservación ... Cantabria

Articulo 89 Conservación de la Naturaleza de Cantabria

Ver Indice
»

Artículo 89. Sanciones accesorias.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La comisión de infracciones calificadas como graves o muy graves podrá llevar también aparejado:

  1. En el caso de proyectos, obras, instalaciones o actividades realizadas incumpliendo lo dispuesto en esta Ley, la pérdida del derecho a percibir ayudas de la Administración autonómica para su construcción o funcionamiento durante un plazo máximo de tres años.

  2. La revocación de las autorizaciones concedidas en Espacios Naturales Protegidos o sus zonas periféricas de protección para la realización de usos o actividades.

  3. El cierre o la suspensión temporal del establecimiento o de la actividad. En este caso, se incorporará al expediente sancionador un informe del órgano competente por razón de la materia.

  4. La prohibición de cazar o pescar durante un plazo máximo de diez años.