Articulo 9 Admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
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Articulo 9 Admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos

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Artículo 9. Aprobación de las condiciones específicas de admisión.

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1. El titular del establecimiento público o el organizador de un espectáculo o actividad recreativa que pretenda establecer condiciones específicas de admisión de carácter permanente o temporal, distintas de las limitaciones de acceso que prevé el artículo 6, deberá solicitar la aprobación de las mismas a la Consejería competente en materia de espectáculos públicos, acompañando a su petición copia del texto del cartel en que éstas se indiquen.

2. Efectuada la comunicación de las condiciones que se pretenden establecer al órgano competente, éste las examinará a los efectos de comprobar que se ajustan a los límites y requisitos de la presente ley.

La Consejería competente en materia de espectáculos públicos deberá dictar y notificar la resolución del procedimiento en un plazo máximo de tres meses. En el caso de las condiciones específicas temporales, cuya permanencia estará vinculada a determinado espectáculo o actividad recreativa, la comunicación ha de efectuarse con al menos cinco días, y el plazo para dictar y notificar la resolución será de tres días.

Transcurridos dichos plazos, sin que se notifique resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de aprobación.

3. Las condiciones específicas de admisión visadas habrán de figurar en un cartel que ha de cumplir los requisitos que fija el artículo 7.2. Dicho cartel deberá asimismo reflejar la fecha de la comunicación de éstas a la Consejería competente en materia de espectáculos públicos.

4. Cuando el titular del establecimiento, local o instalación o el organizador de un espectáculo público o actividad recreativa, pretenda modificar las condiciones específicas de admisión, se seguirá el mismo procedimiento previsto para su aprobación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-03-2011 en vigor desde 31-03-2011