Artículo 9 bis. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Artículo 9 bis. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
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1. A efectos de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la obligación de la Administración de dictar resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo en los procedimientos que a continuación se relacionan si al vencimiento del plazo máximo establecido en cada caso no les ha sido notificada la resolución expresa:
a) Modificación de la demarcación territorial de los concejos.
b) Procedimientos especiales de modificación de la demarcación territorial de los concejos.
c) Constitución de parroquias rurales.
d) Modificación y supresión de parroquias rurales.
e) Reingreso procedente de la situación de excedencia voluntaria.
f) Reingreso por cuidado de hijos sin reserva de plazo.
g) Reconocimiento de grado personal.
h) Revisión de grado a funcionario en situación diferente de servicio activo.
i) Reconocimiento de servicios previos al personal de la Administración del Principado de Asturias.
j) Autorización de compatibilidad en puesto del sector público.
k) Reconocimiento de compatibilidad para ejercer actividades privadas.
- Modificación realizada (9 bis (apdo. 1)) por Ley del Principado de Asturias 4/2025, de 19 de noviembre, de novena modificación de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y de Medidas legales sectoriales de simplificación administrativa.
(AS de 02-12-2025) en vigor desde 22-12-2025 - Modificación realizada (9 bis) por LEY 15/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
(BOE de 13-02-2003) en vigor desde 01-01-2003 - Artículo modificado (9 bis (se añade)) por LEY 14/2001, de 28 de diciembre, de medidas presupuestarias, administrativas y fiscales.
(BOE de 13-02-2002) en vigor desde 01-01-2002
