Artículo 9 Decreto 4/202...de Galicia

Artículo 9. Decreto 4/2026, de 19 de enero, Galicia, Procedimientos de creación, modificación y disolución de museos y otros centros museísticos de Galicia

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Artículo 9. Contenido de la solicitud.

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1. El procedimiento de creación y de calificación de un centro museístico se iniciará mediante la solicitud, que se ajustará al formulario normalizado que se establece en el anexo I, según las disposiciones establecidas en el capítulo I del presente título. La solicitud incluirá los siguientes datos:

a) Denominación oficial del centro museístico, categoría de centro museístico a la que se opta y datos identificativos: dirección, número de teléfono, correo electrónico y página web.

b) Datos de la persona titular del centro o del/de la representante legal, en su caso: apellidos y nombre, denominación o razón social, número de identificación fiscal o de identidad extranjero, dirección, número de teléfono y buzón de correo electrónico.

c) Ámbito territorial y contenido temático.

d) Solicitud, en su caso, de integración en el Sistema gallego de centros museísticos.