Articulo 9 Estatuto de los productores e industriales agroalimentarios de I. Balears
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»Artículo 9. Prohibición de la venta con pérdida.
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Se prohíbe la venta de medios de producción y productos agroalimentarios a un precio inferior al de coste. Reglamentariamente se establecerá el sistema para establecer el precio de coste.
No obstante lo anterior, la Administración o las Administraciones excepcionalmente y mientras persistan circunstancias que aconsejen la intervención podrá comprar o autorizar la venta a precio inferior al de coste que tendrán como objetivo garantizar la estabilidad de los mercados.
