Articulo 9 Forestal de Andalucía
- Norma derogada desde el 9 de abril de 2026. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
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»Artículo 9.
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En la elaboración de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales se garantizará la suficiente participación social mediante los trámites de consulta de los representantes de los intereses afectados, así como la audiencia a los interesados y la información pública.
